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Tras diez años de espera, Jurisdicción Agraria es realidad gracias a fallo de Corte Constitucional que respalda demanda presentada por el Gobierno Petro

Tras una espera de una década desde la firma del Acuerdo de Paz, la Jurisdicción Agraria será una realidad a partir del 2027. Este avance responde tanto a la decisión de la Corte Constitucional como a la voluntad del Gobierno del presidente Gustavo Petro de saldar una deuda histórica con el campo.

En este contexto, el Gobierno nacional, con la participación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Agencia Nacional de Tierras —ANT—, impulsó acciones claves, incluida la presentación de una demanda ante ese alto tribunal para acelerar su implementación.

“Solo quedan 15 sesiones para que se discuta el proyecto de ley que define el procedimiento especial agrario. La Corte Constitucional, en la Sentencia C-099 del 22 de abril de 2026, exhortó al Congreso a regular de manera urgente las competencias y el procedimiento agrario mediante la aprobación de la ley ordinaria actualmente en trámite, indispensable para completar el desarrollo normativo del Acto Legislativo 03 de 2023”, señaló la ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, Martha Carvajalino.

Igualmente, el director de la Agencia Nacional de Tierras, Juan Felipe Harman, les envió un mensaje a los congresistas: “Esperamos de forma cierta y clara que no solamente la Cámara, como está ratificado en el orden del día de hoy, sino también el Senado de la República dispongan de las facultades para aprobar los procedimientos que hacen falta para el debido funcionamiento de la Jurisdicción de la Reforma Agraria”.

Hoy, los resultados en materia de acceso a la tierra y resolución de conflictos agrarios marcan una diferencia frente a gobiernos anteriores y abren el camino hacia una justicia más cercana y efectiva para las comunidades rurales.

“La Corte, sobre una demanda que he interpuesto como director de la Agencia Nacional de Tierras, le ha ordenado al Consejo Superior de la Judicatura que, a partir del 2027, ponga en vigencia la Jurisdicción Agraria”, afirmó el director Harman.

Cronología

Ante la falta de jueces especializados, la lentitud en los procesos, el director Harman radicó en 2025 un total de 13 demandas que involucran 15 procesos agrarios sobre cerca de 16.400 hectáreas. Todas están en condiciones similares.

El pasado 4 de marzo, la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, y el director Juan Felipe Harman expusieron ante la Corte Constitucional los argumentos sobre la necesidad y urgencia de que la Jurisdicción Agraria sea puesta en funcionamiento.

Esta solicitud se dio en el marco de la audiencia pública convocada por el alto tribunal para analizar el alcance del artículo 238A de la Constitución Política y estudiar la demanda que presentó la ANT para revisar la constitucionalidad de la fase judicial del procedimiento único establecido en el Decreto Ley 902 de 2017 («Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras»).

En esa oportunidad, la ministra y el director solicitaron a la Corte impulsar la creación de la Jurisdicción Agraria para garantizar que jueces especializados decidan sobre conflictos rurales complejos. Asimismo, expusieron las razones por las cuales la Agencia Nacional de Tierras debe mantener sus facultades administrativas para tomar decisiones de fondo en los procesos agrarios orientados a materializar el Acuerdo de Paz.

Fallo histórico

Luego del análisis hecho por la honorable la Corte Constitucional (teniendo en cuenta los argumentos presentados por el Gobierno, académicos, congresistas, gremios y organizaciones campesinas), resolvió la demanda y dio vía libre a la puesta en marcha de la Jurisdicción Agraria en Colombia.

“La Jurisdicción Agraria será una deuda saldada del país con la paz y el campesino. Esperamos que, de forma oportuna, esta sentencia sea una herramienta más para construir también más equidad y más igualdad en el campo colombiano”, remarcó el director de la ANT, Juan Felipe Harman.

En consecuencia, le ordenó al Consejo Superior de la Judicatura adelantar las actuaciones que permitan crear e implementar de manera progresiva los juzgados y tribunales agrarios y rurales para que entren en funcionamiento a partir del próximo año.

Al Congreso de la República, lo exhorta a aprobar la ley ordinaria que materialice la entrada en funcionamiento de la Jurisdicción Agraria, en cumplimiento del Acto Legislativo 03 de 2023.

“Es una decisión de la Sala Plena que no solo exhorta al Congreso a cumplir sus funciones, sino que le pone punto final a la espera de las campesinas y los campesinos de tener una justicia al alcance de todos los conflictos agrarios que se originan en el país”, fue contundente el director de la Agencia Nacional de Tierras.

Procesos estancados

Todas las demandas presentadas desde 2025 se encuentran paralizadas, al no haber superado la etapa de la admisibilidad en su trámite, y, a la fecha, no existe una sola decisión judicial que haya tomado decisiones de fondo sobre procedimientos claves para identificar, recuperar y administrar tierras baldías haciendo uso de las reglas del Decreto Ley 902 de 2017.

Actualmente, la ANT ha cerrado procesos en fase administrativa que superan las 45.000 hectáreas, y se proyecta el cierre de más de 60.000 hectáreas adicionales en lo que resta del 2026. Estos procesos reclaman una pronta solución por ser indispensables para cumplir la meta de 3 millones de hectáreas redistribuidas a través del Fondo de Tierras.

Cumplimento del Acuerdo Final de Paz

El Acuerdo Final de Paz, firmado a finales del 2016, establece en su Punto 1 (Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral) que el Estado tiene la obligación de crear la Jurisdicción Agraria para resolver conflictos de tierras de forma rápida y con enfoque territorial con el fin de alcanzar una paz estable y duradera.

Es por ello que, como lo dice el mismo Acuerdo, se hace indispensable transformar la realidad del campo mediante una justicia especializada que proteja los derechos de propiedad y resuelva el caos jurídico en materia de tenencia de la tierra que históricamente ha alimentado el conflicto armado.

Por eso, la Jurisdicción Agraria, ahora que la Corte Constitucional le da luz verde, constituye un paso histórico hacia la consolidación de una justicia especializada que lleve paz el campo colombiano, teniendo en cuenta que, a la fecha, el Gobierno Petro ha gestionado alrededor de 770.000 ha.

Sobre la Jurisdicción Agraria y Rural

La Jurisdicción Agraria es una nueva autoridad para la administración de justicia en Colombia creada para que jueces y magistrados especializados se dediquen exclusivamente a resolver los conflictos sobre tierras y la producción agraria.

Se creó con la reforma constitucional, materializada en el Acto Legislativo 03 de 2023, para garantizar que los problemas rurales tengan sus propios jueces y no dependan de otras jurisdicciones.

¿Por qué es necesaria?

Es fundamental para resolver los pleitos del campo de forma pacífica, rápida y sencilla. Su objetivo es que jueces expertos en la materia protejan los derechos del campesinado, las comunidades étnicas y de quienes se dedican a las actividades de producción agraria.

¿Qué conflictos resuelve?

Se encarga de decidir sobre situaciones claves para la vida rural, tales como:

• Propiedad y uso: Quién es el dueño de la tierra, quién tiene la posesión y cómo se usa.

• Contratos y acuerdos: Disputas en contratos agrarios.

• Ocupaciones y límites: Desalojos por ocupaciones de hecho y servidumbres.

• Recursos y comunidad: Uso de recursos comunes en fincas.

Principios que guían la Jurisdicción Agraria

Los principios son las herramientas y guías que los jueces deben usar para decidir. En esta jurisdicción, su función principal es eliminar las barreras que impiden a las personas del campo acceder a una justicia rápida y justa.

Las decisiones judiciales deben basarse en:

• Equidad y bienestar: Justicia social agraria y bienestar rural.

• Protección al más débil de las relaciones agrarias.

• Respeto a la función social y ecológica de la propiedad.

• Apoyo a la producción agrícola, la asociatividad y la propiedad agrícola familiar.

El procedimiento judicial

Para asegurar que la justicia llegue efectivamente al campo, el procedimiento judicial se basa en cinco pilares:

• Celeridad: Justicia rápida y sin demoras.

• Oralidad: Procesos hablados, más claros y fáciles de entender para todos.

• Papel activo de los jueces: Tienen la iniciativa de actuar y hacer lo necesario para resolver el problema de fondo.

• Itinerancia: El juez va al territorio para conocer el contexto, recoger pruebas y realizar audiencias en el lugar de los hechos.

• Decisiones integradoras: Los jueces resuelven en un solo proceso todos los conflictos relacionados con un mismo predio, ya sean entre particulares o con el Estado.

Otros aspectos importantes

• Dirimir conflictos rurales en menor tiempo.

• Alcance: Aborda disputas sobre predios agrarios, contratos agropecuarios y acciones de nulidad sobre actos de la Agencia Nacional de Tierras.

• Especialidad: Busca que los jueces especializados apliquen normas agrarias, reconociendo la particularidad del contexto rural y protegiendo a comunidades indígenas, negras y campesinas.

• Paz: Es considerada una herramienta clave para el cumplimiento del Acuerdo de Paz, buscando solucionar la inseguridad jurídica en la tierra.

• Estructura: Se integra a la Rama Judicial con tribunales y jueces especializados.

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