“Ninguna empresa puede realizar eventos sin los permisos requeridos”: Alcaldía Distrital
Las empresas que instalen estructuras o presten servicios sin verificar previamente la legalidad del evento, podrán ser sancionadas.

La Alcaldía Distrital de Santa Marta recuerda a todos los organizadores de eventos y empresas proveedoras de servicios logísticos, técnicos y estructurales que ningún evento podrá realizarse sin contar con los permisos exigidos por las autoridades competentes.
Esta medida cobra especial relevancia en el marco del aniversario de la ciudad y otros eventos masivos, donde garantizar la seguridad, el orden, el cumplimiento ambiental y la protección de la vida es prioridad del alcalde Carlos Pinedo Cuello.
Desde la Secretaría de Gobierno se reitera que los eventos sin autorización serán objeto de seguimiento y control por parte de las autoridades. En este sentido, las empresas que instalen estructuras o presten servicios sin verificar previamente la legalidad del evento podrán ser sancionadas, de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente. Se realizarán visitas preventivas y, en caso de encontrar irregularidades, se procederá con la apertura de procesos por parte de las autoridades ambientales y de salud.
Asimismo, desde el Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental -DADSA- se aclara que la viabilidad técnica emitida por esta autoridad ambiental es el primer paso obligatorio para que otras dependencias como la Secretaría de Gobierno y la Oficina para la Gestión del Riesgo puedan expedir sus respectivos permisos. Por tanto, realizar un evento sin ese concepto técnico inicial representa una falta grave y conlleva sanciones administrativas.
Requisitos para la viabilidad ambiental (DADSA):
Toda solicitud debe ser radicada ante el DADSA con al menos 15 días hábiles de anticipación e incluir:
Oficio firmado por el representante legal, con fecha, tipo de actividad, horario, aforo y elementos a instalar.
Fotocopia de la cédula del solicitante y certificado de existencia (Cámara de Comercio o RUT).
Plano georreferenciado del lugar del evento con coordenadas.
Datos de contacto completos.
Documento técnico sobre manejo de residuos sólidos y líquidos, y documentación legal del tercero autorizado para baños portátiles.
Requisitos de Gestión del Riesgo:
De igual forma, todo evento masivo requiere el concepto de favorabilidad de la Oficina para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático, para lo cual se debe presentar:
Plan de contingencia del evento.
Certificación de la entidad de socorro que prestará servicio (Cruz Roja, Defensa Civil o Bomberos Voluntarios).
Certificado de la entidad que brindará atención prehospitalaria mediante ambulancia.
La Alcaldía Distrital de Santa Marta invita a empresarios, productores y personas naturales a cumplir estrictamente con todos los procedimientos previos a la realización de cualquier evento. Este llamado no solo busca garantizar el cumplimiento de la Ley, sino proteger la vida, la seguridad y la integridad de todos los samarios y visitantes.