El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentó una acción de tutela ante el Consejo de Estado con el propósito de proteger los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso efectivo a la administración de justicia, en el marco del trámite relacionado con las Directrices de Ordenamiento Ambiental de la Sabana de Bogotá.
La tutela llama a que se tome una decisión judicial motivada, definitiva, oportuna y congruente con el alcance fijado por el Consejo de Estado sobre un instrumento clave para la seguridad hídrica de más de 10 millones de personas, especialmente en un contexto de creciente variabilidad climática y de alertas oficiales sobre el desarrollo de un fenómeno de El Niño fuerte o muy fuerte para 2026.
“Respetamos, pero manifestamos también nuestro desacuerdo con las acciones del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que mantiene la medida cautelar y la suspensión de los alineamientos de la sabana, los cuales buscan dar cumplimiento a la Ley 99 de 1993. En su artículo 61, esta ley ordenó al Ministerio de Ambiente expedir las disposiciones necesarias para la protección ambiental y el ordenamiento ecológico de la sabana de Bogotá como área de interés nacional” manifestó la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e), Irene Vélez Torres
En cumplimiento del alcance definido por el Consejo de Estado y de los requerimientos efectuados dentro del trámite de seguimiento por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio lideró, junto al Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del Río Bogotá (CECH), un amplio proceso técnico, institucional y ciudadano que incluyó más de 168 mesas de trabajo, ocho jornadas formales con el CECH, espacios de participación territorial y mesas técnicas e institucionales plenamente documentadas, con la participación de más de diez mil (10.000) personas entre autoridades locales, expertos, organizaciones sociales, ciudadanía y actores territoriales.
Este proceso permitió construir acuerdos históricos alrededor de la regulación hídrica, la protección de ecosistemas estratégicos y el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá. De hecho, el propio CECH, instancia convocada por orden judicial para discutir los efectos del proyecto, solicitó formalmente el levantamiento de la medida cautelar al considerar cumplidas las órdenes impartidas.
Pese a este cumplimiento, la medida cautelar continúa vigente. Esta situación genera incertidumbre institucional y mantiene en suspenso un instrumento construido durante más de dos años y discutido en espacios técnicos, institucionales y ciudadanos.
Dicha tutela responde a una preocupación institucional de fondo: una medida cautelar de carácter procedimental continúa produciendo efectos restrictivos sobre un instrumento ambiental estratégico, pese a que el Ministerio cumplió, documentó y puso en conocimiento del despacho judicial las actuaciones ordenadas. Mientras no se adopten las Directrices, la Sabana de Bogotá continúa sin un marco ambiental integral que oriente la protección de sus humedales, páramos, acuíferos, suelos rurales y demás ecosistemas estratégicos.
Cabe recordar que las Directrices de Ordenamiento Ambiental de la Sabana de Bogotá se encuentran en trámite de expedición en cumplimiento del artículo 61 de la Ley 99 de 1993, que declaró la Sabana, sus páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos como área de interés ecológico nacional.
El Ministerio reitera su compromiso con el diálogo, el respeto institucional y el cumplimiento de las decisiones judiciales. Así mismo, expresa su preocupación por que la protección ambiental de la Sabana de Bogotá continúe suspendida pese a que las cargas ordenadas ya fueron cumplidas, documentadas y puestas en conocimiento de la autoridad judicial.

