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MinAgricultura aplaza, al 10 de julio, la elección de representantes campesinos y de asociaciones gremiales a Mesa Técnica Intersectorial y regional

El Viceministerio de Asuntos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en su calidad de responsable de liderar y coordinar el proceso de participación previsto para la formulación de la Política Nacional de Mercadeo Agropecuario, informa a las asociaciones, gremios, organizaciones campesinas y demás actores inscritos en el proceso que, con el propósito de garantizar condiciones de igualdad y transparencia para todos los actores convocados, la jornada de elección de representantes, inicialmente prevista, queda aplazada para el viernes 10 de julio de 2026, en horario que se comunicará oportunamente.

Así mismo, y en desarrollo de la Adenda II al cronograma en curso de elección de representantes campesinos y de asociaciones gremiales, se informa que la publicación del listado definitivo de candidatos (postulados) habilitados se realizará el día 6 de julio de 2026, fecha a partir de la cual se computan los términos para la jornada de elección y votación directa, fijada para el 10 de julio de 2026.

Igualmente se aclara que el aplazamiento del cronograma de elección de representantes de las asociaciones y organizaciones del sector agropecuario ante la Mesa Técnica Intersectorial y Regional está prevista en la Ley 2378 de 2024.

Estos principios constitucionales, además de las solicitudes expresas de varias organizaciones participantes en la atención de dudas e interpretaciones y alcance del proceso, constituyen la base para consolidar la necesidad de un primer acercamiento entre los participantes, las organizaciones convocadas y las expectativas del proceso de elección, y justifican la decisión de ajustar el cronograma que se comunica a continuación.

*Cronograma actualizado*

El siguiente cronograma consolida las fases surtidas hasta la fecha y ajusta las fases pendientes conforme a las nuevas fechas de publicación de postulados y de jornada de elección, aplicable tanto al proceso de elección de representantes campesinos como al de representantes de asociaciones gremiales.

Fase Actividad Fecha

1 Publicación de convocatoria para inscripción de organizaciones 8 de mayo de 2026

2 Difusión de la convocatoria en página web y otros medios Del 8 al 12 de mayo de 2026

3 Recepción de documentos de inscripción de asociaciones u organizaciones para participar en el proceso de elección Del 13 de mayo al 3 de junio de 2026

4 Verificación documental y validación de requisitos jurídicos y de representatividad Del 4 al 10 de junio de 2026

5 Publicación del informe preliminar de habilitados y no habilitados para participar del proceso de elección 11 de junio de 2026

6 Recepción de observaciones y subsanaciones Del 12 al 16 de junio de 2026

7 Respuesta a observaciones y publicación definitiva de organizaciones habilitadas 17 de junio de 2026

8 Recepción de postulaciones de candidatos principales y suplentes Del 18 al 26 de junio de 2026

9 Verificación de requisitos e inhabilidades de postulados Del 30 de junio al 3 de julio de 2026

10 Publicación del listado definitivo de candidatos (postulados) habilitados 6 de julio de 2026

11 Jornada de elección y votación 10 de julio de 2026

12 Escrutinio público y consolidación de resultados 10 de julio de 2026

13 Elaboración y suscripción del acta de elección 10 de julio de 2026

14 Expedición del acto de designación 15 de julio de 2026

15 Publicación oficial de resultados 15 de julio de 2026

La Secretaría Técnica de la Mesa dispondrá un canal de atención para resolver dudas puntuales sobre esta calidad de participación.

El esquema de participación se desarrolla en el marco de la Mesa Técnica Intersectorial y Regional de que trata el artículo correspondiente de la Ley 2378 de 2024 garantizando así los principios de publicidad y transparencia del proceso.

Fundamentos constitucionales del proceso participativo

El esquema de participación que rige la formulación de la Política Nacional de Mercadeo Agropecuario encuentra su sustento en varios principios de la Constitución Política de Colombia. En primer lugar, en el reconocimiento de Colombia como un Estado Social de Derecho organizado en forma participativa y pluralista (artículo 1), lo que exige que las decisiones de política pública que afectan al sector agropecuario incorporen la voz de sus actores. A ello se suma que, entre los fines esenciales del Estado, se encuentra facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan (artículo 2), propósito que orienta precisamente el aplazamiento que aquí se comunica, dirigido a garantizar una participación efectiva y no meramente formal. Este mandato se articula, además, con el derecho de todo ciudadano a participar en la conformación, ejercicio de la participación ciudadana y con el reconocimiento constitucional de los mecanismos de participación democrática de las organizaciones civiles, gremiales y campesinas, categoría en la que se enmarcan las asociaciones convocadas a este proceso. A su vez, la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de publicidad, transparencia, igualdad y moralidad (artículo 209), lo que obliga a ofrecer condiciones equitativas de acceso a todos los interesados.

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